Re: La NUEVA MISA, por Louis Salleron
Publié : ven. 18 févr. 2022 10:11
3. La forma.
La cosa es muy clara: dentro de la fórmula de la consagración del vino el Papa Pablo VI ha ordenado
que se digan estas “palabras del Señor”: “...Hic est enim calix sanguinis mei novi et aeterni testamenti, qui
pro vobis et pro multis effundetur in remissionem peccatorum...”
Estas palabras, correctamente traducidas al castellano, dicen lo siguiente: “Porque éste es el cáliz de
mi sangre, del nuevo y eterno testamento, que será derramada por vosotros y por muchos para el perdón
de los pecados”.
Como se ve, es el Papa Pablo VI, el Pontífice actualmente reinante (y no San Pío V), quien el día
3/4/69 ordenó en su Constitución Apostólica "Missale Romanum" que todos los sacerdotes de la iglesia
Católica Apostólica Romana consagren con la fórmula "pro multis", que quiere decir "por muchos", tal
como lo había ordenado San Pío V y como se viene cumpliendo desde que en el mundo se dijo la primera
Misa en el Cenáculo.
Pero vemos con asombro que son muy numerosos los sacerdotes que consagran con la fórmula "por
todos los hombres" y al hacerlo desobedecen entonces, no solamente a San Pío V, cuyas órdenes ellos
consideran derogadas, sino que desobedecen a Pablo VI, cuyas órdenes ellos dicen que cumplen, y que
quieren hacer cumplir.
Entendemos que si el Papa Pablo VI manda decir "muchos", hay que decir: "muchos" y no "todos",
porque en esa orden resuena la voz de la Tradición multisecular de la Iglesia, con el Concilio de Florencia
(ecuménico y no por eso menos dogmático), con todos los ritos católicos orientales, con el Concilio de
Trento, con el Catecismo Romano y con la Suma Teológica de Santo Tomás de Aquino; y porque ese
unánime concierto de la Tradición y del Magisterio presta magnífica resonancia de siglos a la voz del Papa
actual, Pablo VI, cuando dice que ésa ("multis"), y no otra es la que pronunció Nuestro Señor Jesucristo en
el Cenáculo cuando instituyó el Santo Sacrificio de la Misa. (Ver la Constitución Apostólica del 3/4/69 en
el Nuevo Misal, Ediciones Litúrgicas Argentinas, pág. 10, al final, y 11, al principio.)
No son, ciertamente, los peritos conciliares o no conciliares, no son los técnicos bíblicos o filólogos,
ni los exegetas, ni los sabios en sabidurías humanas quienes pueden ejercer el magisterio de la Iglesia para
definir, con autoridad obligante, cuáles son las palabras que pronunció el Señor en el augusto momento de
la primera consagración, porque éste no es un problema científico: es una verdad religiosa y, por tanto, no
es la autoridad de la ciencia, sino la autoridad del Papa actual, en comunión con todo el Magisterio y la
Tradición de la Iglesia, la llamada a dictar definitivo pronunciamiento.
Y el Papa actual ha hablado. Hay, pues, que obedecerle y decir "por muchos" y no "por todos los
hombres".
Opinar lo contrario —como opina el Pbro. Mejía— es acusar al Papa Pablo VI de una ligereza
extrema, a lo cual no hay ningún derecho si se quiere permanecer en la unidad de la Iglesia que comienza en
Pedro y se integra con Pablo VI.
Pero aquí el Pbro. Mejía nos sale al paso con la siguiente objeción: "La Santa Sede ha aprobado la
traducción en cuestión para todos los países de habla española... El texto correspondiente se puede ver en la
edición del Misal que se usa en nuestras iglesias y que cualquier cristiano puede consultar. Este acto oficial
de la autoridad establecida debería bastar para hacer pensar a los autores de la nota que están equivocados.
La autoridad eclesiástica no aprueba, en efecto, traducciones de las fórmulas sacramentales sin estar segura
de que respetan la validez del sacramento en cuestión. Opinar lo contrario es acusar a dicha autoridad de
una ligereza extrema, a lo cual no hay ningún derecho, al menos si se quiere permanecer en la unidad de la
Iglesia. Véase entonces, una vez más adónde van los ataques de este grupo de personas".
Contestamos: que, atendiendo a la razonable invitación de nuestro atacante, hemos revisado con
gran interés y prolijidad la edición del Misal que se usa en nuestras iglesias, que, en efecto, está a
disposición de cualquier cristiano (Ediciones Litúrgicas Argentinas, Editorial Bonum, Editorial Guadalupe,
Ediciones Paulinas) y con gran sorpresa hemos constatado que allí la aprobación de la Santa Sede que
invoca el Pbro. Mejía brilla por su total ausencia.
Repetimos al sorprendido lector: que no hay tal aprobación de la Santa Sede en el Misal Romano
que se usa en nuestras iglesias.
Lo único que hay, respecto de traducciones, es el siguiente texto, inserto en la última hoja, sin foliatura:
"Secretariado Nacional de Liturgia. 22 de octubre de 1971. Traducción hecha sobre el Misal Romano,
Edición Típica, por lo que concuerda con los originales. Monseñor Héctor J. Gilardi. Secretario
General".
Inmediatamente después se lee lo siguiente: "24 de octubre de 1971. Visto. Puede imprimirse la
traducción «ad interim» del Misal Romano, preparada por el Secretariado Nacional sobre la Edición
Típica. Monseñor Dr. Ernesto Segura. Director del Secretariado".
No ha de ser ésta, ciertamente, la aprobación de la Santa Sede que nos prometía el Pbro. Mejía, pues
ni el Secretariado ni el Director del Secretariado Nacional actuante ni los dos juntos ni el Secretariado
mismo son la Santa Sede, ni forman parte de ella.
Lo cierto es que la mentada aprobación de la Santa Sede no aparece allí donde la ubicaba nuestro
contradictor. Ante este hecho irrecusable, y ante la afirmación muy lógica de que la Santa Sede "no aprueba
traducciones de las fórmulas sacramentales sin estar segura de que respetan la validez del sacramento", es
legítimo preguntarse si la Santa Sede asegura la validez de la forma sacramental "por todos los hombres" y
es igualmente legítimo responderse que ello NO CONSTA 37.
Opinar lo contrario, o sea: opinar que en el Misal editado en Argentina no consta la aprobación de la
Santa Sede y que ello asegura la validez de la fórmula "por todos los hombres" es desconocer una
inocultable, drástica y angustiante realidad, es colocarse en una posición ilegítima e insostenible, Que es,
precisamente, la del Pbro. Mejía.
Desvirtuada así la objeción, no cabe otra conclusión que la siguiente: Dado que el Papa Pablo VI se
ha pronunciado de acuerdo con la Santa Tradición y el Magisterio de la Iglesia, en favor de la fórmula "pro
multis", dado que la fórmula "pro omnibus hominibus" no existe en ningún texto papal, y dado que la
fórmula "por todos los hombres" como traducción de "pro multis" violenta ostensiblemente la lengua latina,
contradice la decisión papal, y no aparece aprobada por el Papa, ni por la Santa Sede, no cabe duda alguna
sobre cuál es la fórmula de la consagración del vino que ahora deben pronunciar los sacerdotes, lo mismo
que siempre, en todo el Orbe católico Romano: "...et pro multis effundetur..."
Y esta evidencia se corrobora ante las implicancias doctrinarias de ambas fórmulas, que a continuación pasamos a considerar.
CONTINUARÁ...
37. Y agregamos que no podrá constar legítimamente pues el Papa Pablo VI ha ordenado decir "pro multis" confirmando en su
Constitución Apostólica del 3/4/69, que ésa fue la expresión usada por Nuestro Señor Jesucristo, en conformidad con toda la
Tradición y el Magisterio de la Iglesia que lo ha enseñado siempre así y lo ha aclarado, explicado y fijado en el Catecismo Romano
según Decreto del Concilio de Trento refrendado personalmente por el Papa San Pío V (Parte II, cap. IV, N° 24), como se detallará
más adelante.